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Sí, siempre que la normativa del mecanismo lo permita y el funcionario cuente con las competencias técnicas necesarias. Es recomendable dejar constancia formal de la designación y de su alcance para evitar observaciones en la emisión del certificado.
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En general, los costos de elaboración o actualización de estudios pueden ser reconocidos cuando están previstos en el convenio y cumplen los requisitos establecidos. Recomendamos verificar su inclusión expresa desde la etapa de proceso de selección.
Respuesta
El proceso puede continuar con la única empresa interesada, siguiendo el procedimiento previsto para estos casos y respetando los plazos establecidos en las bases.
Respuesta
Las variaciones deben tramitarse mediante adendas debidamente sustentadas y aprobadas por la entidad pública, dentro de los límites que establece la normativa vigente.
Respuesta
Puede solicitarse una vez obtenidas las conformidades exigidas por la normativa. Además, existen supuestos de emisión por avance de obra o por hitos, que conviene evaluar según el tipo de proyecto.
Respuesta
Corresponde a la entidad pública, a través de su comité o área competente, evaluar y determinar dichos costos conforme a su realidad y a la complejidad del proyecto.
Respuesta
Es posible en situaciones justificadas, siguiendo el procedimiento establecido y con conocimiento y aprobación de la entidad pública, garantizando que el nuevo ejecutor cumpla los requisitos exigidos.
Respuesta
La normativa contempla la posibilidad de incluir la operación y/o mantenimiento bajo determinadas condiciones y plazos. Debe preverse desde las bases del proceso de selección.
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